Baleares abre el procedimiento extraordinario para acceder a la carrera profesional

Diario Médico, 19 de mayo de 2016 Los médicos de Baleares tienen un mes para solicitar el acceso a la carrera profesional o bien que se les reconozca un...

Diario Médico, 19 de mayo de 2016

Los médicos de Baleares tienen un mes para solicitar el acceso a la carrera profesional o bien que se les reconozca un nivel superior al que ya tienen reconocido, según el procedimiento extraordinario de encuadramiento iniciado hoy por el Ib-Salut

El Boletín Oficial de Islas Baleares (BOIB) ha publicado hoy la resolución por la que se abre el procedimiento extraordinario de acceso y encuadramiento en la carrera profesional del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Ib-Salut), en el que se tendrán en cuenta únicamente los servicios prestados acumulados hasta el 31 de diciembre de 2015. Los facultativos tienen un mes para enviar sus solicitudes y el plazo máximo para resolver este procedimiento extraordinario es de seis meses, según consta en el documento.

Para acceder al grado I, se pedirá a los profesionales 5 años de servicios prestados; para el II, 10 años; para el III, 15 años, y para el nivel IV, 20 años. El personal que tenga ya un nivel reconocido puede ascender hasta dos más, siempre que se acredite un mínimo de cinco o diez años de servicios prestados, a contar desde la fecha de la última convocatoria de carrera, en 30 de octubre de 2006. Quien acceda por primera vez a la carrera podrá ascender hasta el grado III, sin que le sea aplicable dicho límite de inicio del cómputo.

En esta convocatoria puede participar tanto el personal fijo como el temporal, como ya informó DM. En este segundo caso, se encuadrará a estos facultativos en el nivel que corresponda según los servicios prestados, pero el nivel no estará completamente consolidado hasta que no adquieran la condición de personal fijo.

Independientemente del nivel que se le reconozca administrativamente al personal temporal, cobrará el 25 por ciento de las cuantías establecidas para el nivel I hasta que consigan plaza. Además, la resolución establece que es obligatorio que los estos trabajadores participen en los procesos selectivos. De lo contrario, quedarán excluidos del sistema de carrera profesional y se les podrá reclamar que reintegren las cuantías percibidas hasta entonces por este concepto, excepto cuando sea imposible participar en estos procesos por alguna causa justificada.

En el caso de los profesionales con contrato fijo a los que se les incluya por primera vez en la carrera mediante este procedimiento extraordinario, este año empezarían a cobrar un 25 por ciento del nivel que adquieran; posteriormente pasaría al 50 por ciento en 2017 y al 95 por ciento en 2018.

 

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